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Es Ley el régimen que busca aliviar las deudas de familias y empresas mendocinas

La norma crea beneficios fiscales para incentivar refinanciaciones con mejores condiciones de pago. Las operaciones quedarán exentas de Sellos y podrán acceder a una alícuota reducida de Ingresos Brutos cuando contemplen una tasa de hasta el 40% y un plazo mínimo de 24 meses.

Martes, 15 de Setiembre de 2026

La Cámara de Senadores de Mendoza convirtió en ley el proyecto remitido por el Poder Ejecutivo que busca promover la refinanciación de deudas de personas humanas y jurídicas de la provincia, mediante un esquema de beneficios fiscales destinado a mejorar las condiciones de financiamiento y reducir los niveles de morosidad.

La iniciativa fue aprobada por 33 votos afirmativos y uno negativo y, al contar previamente con la sanción de la Cámara de Diputados, quedó en condiciones de ser remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación. Durante su tratamiento legislativo, al proyecto oficial se acumularon otras dos propuestas con objetivos similares, impulsadas por los diputados Jorge Difonso y Gabriela Lizana.

El nuevo régimen considera como refinanciación aquellas operaciones mediante las cuales una entidad acreedora modifica las condiciones de pago de una deuda existente, ya sea en materia de plazos, cuotas, tasas de interés, garantías u otras cláusulas contractuales, con el objetivo de aliviar la carga financiera del deudor y/o mejorar la recuperabilidad del crédito.

También quedan comprendidas las operaciones que permitan utilizar una refinanciación para cancelar deudas existentes con otra u otras entidades acreedoras.

Durante el debate en el recinto, el senador Martín Kerchner, en su carácter de miembro informante, destacó que la propuesta busca utilizar las herramientas que tiene la Provincia para acompañar a familias y empresas que atraviesan dificultades para cumplir con sus compromisos financieros.

El legislador señaló que en Mendoza aproximadamente 870.000 familias y empresas tienen algún tipo de crédito, mientras que unas 270.000 registran algún grado de demora en el cumplimiento de sus obligaciones. Según los datos expuestos durante la sesión, una parte significativa de esa mora corresponde a deudas contraídas a través de billeteras virtuales, con una concentración importante entre personas de entre 18 y 35 años.

Kerchner remarcó que la Provincia no puede intervenir directamente sobre las tasas de interés ni modificar contratos privados, pero sí puede utilizar herramientas vinculadas a los tributos provinciales para generar incentivos que favorezcan la refinanciación.

En ese sentido, explicó que el régimen apunta a generar un esfuerzo compartido entre deudores, acreedores y el Estado provincial: quienes refinancien deberán asumir el compromiso de pago, las entidades financieras deberán ofrecer condiciones que permitan una verdadera reestructuración de la deuda y la Provincia aportará mediante beneficios tributarios.

"No se trata de fomentar el no pago de las deudas, sino de generar herramientas para acompañar la reducción de la mora", sostuvo el senador, al advertir que un incremento de los incumplimientos eleva el riesgo del sistema financiero y puede traducirse en mayores costos y restricciones para el acceso al crédito.

Qué beneficios establece la ley

Uno de los principales beneficios previstos es la exención del Impuesto de Sellos para las operaciones de refinanciación que cumplan con las condiciones establecidas por la norma.

Además, los ingresos obtenidos por las entidades que otorguen estas refinanciaciones estarán alcanzados por una alícuota reducida del 5% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, siempre que la operación reúna determinados requisitos.

Para acceder a este beneficio, la refinanciación deberá contemplar una Tasa Nominal Anual que no supere el 40% y un plazo mínimo de devolución de 24 meses.

De esta manera, la ley busca que el beneficio fiscal se traduzca efectivamente en mejores condiciones para quienes necesitan reestructurar sus compromisos, evitando que se utilice únicamente como una herramienta de transferencia de carteras.

En este sentido, la norma establece expresamente que no serán consideradas refinanciaciones, a los efectos del régimen, la cesión, venta, securitización o transferencia de carteras de deudores a terceros, cualquiera sea su naturaleza jurídica.

También alcanza a quienes están al día

La fundamentación de la iniciativa destaca que el régimen no está destinado exclusivamente a quienes ya se encuentran en situación de mora. Los beneficios fiscales no distinguen entre deudores que cumplen regularmente con sus obligaciones y aquellos que atraviesan dificultades de pago. De esta manera, también podrán acceder al mecanismo quienes busquen refinanciar sus compromisos para evitar ingresar en una situación irregular.

El objetivo es reducir el nivel de riesgo del sistema financiero y favorecer, a partir de una menor morosidad, una mayor disponibilidad de crédito y mejores condiciones de financiamiento para el conjunto de los mendocinos.

La fundamentación advierte que el crecimiento de la morosidad puede afectar la capacidad de consumo, ahorro e inversión de familias y empresas y, al mismo tiempo, incrementar el riesgo de exclusión financiera.

Un régimen temporal y con controles

La ley tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 y establece que el Poder Ejecutivo podrá disponer una prórroga por hasta seis meses adicionales.

Las entidades que accedan a los beneficios deberán presentar mensualmente ante la Administración Tributaria Mendoza (ATM) una declaración jurada con el detalle de las operaciones de refinanciación realizadas durante el período, conforme a las condiciones que determine la reglamentación.

Asimismo, ATM podrá solicitar información complementaria y cruzar los datos declarados con la información disponible en la Central de Deudores del Banco Central de la República Argentina.

En caso de detectarse falsedad en la información presentada, las entidades infractoras deberán afrontar las sanciones previstas en el Código Fiscal provincial y abonar los tributos omitidos, junto con los intereses, accesorios y multas correspondientes.

Acompañamiento de distintos bloques

Durante el tratamiento de la iniciativa, el senador del Partido Verde Dugar Chappel manifestó su desacuerdo con la propuesta y anticipó su voto negativo.

Por su parte, los senadores Omar Parisi, de Fuerza Patria; Mauricio Sat, del Partido Justicialista; y Martín Rostand, del PRO, expresaron su acompañamiento al proyecto.

Con la sanción definitiva, Mendoza incorpora así un régimen de carácter temporal que busca incentivar refinanciaciones genuinas, mejorar las condiciones de pago de las deudas y contribuir a disminuir los niveles de morosidad, utilizando como principal herramienta los beneficios sobre tributos provinciales.