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Condenaron a una aerolínea por cancelar un vuelo a Mendoza

Los pasajeros debieron viajar en auto para correr una maratón. La Justicia reconoció que el desgaste físico del viaje afectó su rendimiento en la carrera en Mendoza, lo que generó una indemnización.

Lunes, 16 de Marzo de 2026

Un juzgado condenó a una aerolínea por cancelar injustificadamente dos pasajes de un vuelo Buenos Aires-Mendoza.

Los pasajeros, que viajaban para participar en una maratón, debieron realizar el trayecto en auto, afectando su desempeño deportivo.

La justicia dictaminó que la aerolínea incumplió el contrato de transporte, basándose en la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Aeronáutico. El fallo ratifica la responsabilidad de las aerolíneas hacia los consumidores y exige pruebas concretas para justificar la cancelación de un servicio. 

Los pasajeros habían comprado los pasajes con tarjeta de crédito meses antes del vuelo, programado para abril de 2023, y recibieron la confirmación de la reserva. Sin embargo, al intentar hacer el check-in online, la reserva no fue reconocida. 

La aerolínea atribuyó la cancelación a un supuesto bloqueo preventivo del banco, lo cual fue desmentido por la empresa procesadora del pago. Ante la falta de solución, los pasajeros viajaron en auto a Mendoza, lo que afectó su rendimiento en la maratón.

Durante el juicio, la aerolínea admitió la reserva, pero atribuyó la cancelación a un contracargo del sistema de pagos, aunque no presentó pruebas que lo demostraran. El juez recordó que la carga de la prueba recae en quien afirma un hecho, por lo que la falta de evidencia perjudicó a la compañía. El tribunal dictaminó que la aerolínea fue la única responsable de la cancelación, eximiendo al banco emisor y a la procesadora de pagos. Se ordenó la devolución del importe de los pasajes y el pago de un millón de pesos por daño moral, a repartir entre los pasajeros. El juez justificó esta compensación por la angustia y frustración causadas por la cancelación injustificada, especialmente al tratarse de un viaje para un evento deportivo. Además, se aplicó una multa punitiva de dos millones de pesos debido a la grave conducta de la empresa, que incumplió el servicio e intentó justificarlo con un contracargo no probado. La aerolínea también deberá pagar las costas del juicio, y las indemnizaciones generarán intereses desde la fecha de la cancelación.