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Monotributo: termina mañana el plazo para la recategorización y se incrementan este mes los aportes

Los ingresos admitidos en cada categoría y los montos a pagar tuvieron un reajuste del 16,85%; escalón por escalón, cuáles son los nuevos importes y cómo se hace el trámite de reubicación en la tabla

Martes, 4 de Agosto de 2026
(12935)

El 5 de agosto vence el plazo para la segunda recategorización anual del monotributo. Los valores de facturación, impuestos y aportes mensuales se ajustaron un 16,85% (inflación del primer semestre), rigiendo de julio a diciembre.

La facturación máxima para monotributistas subió a $126.610.838,75. La Categoría A tiene un tope anual de $12.009.410,45. El impuesto integrado y los aportes jubilatorios y de obra social también aumentan un 16,85%. Por ejemplo, la Categoría A pagará $49.527,18, y la B ($17.595.182,74 de límite anual) abonará $56.379,08. La Categoría K, la más alta, pagará $1.614.446,04 (servicios) o $702.103,24 (comercial).

ARCA habilitó la recategorización, que es obligatoria si la facturación entre julio de 2025 y junio de este año, u otras variables, modifican la categoría del contribuyente.

Además de los montos de facturación y pagos mensuales, otros parámetros también subieron un 16,85%: el precio máximo de un producto comercializado por monotributistas ($716.840,77) y los alquileres anuales de locales para la actividad. En las categorías A y B, el máximo es $2.792.886,15; en C y D, $3.816.944,41; en E y F, $4.841.002,66; en G, $5.771.964,69; y en H, I, J y K, $8.378.658,45.

El impacto del aumento dependerá de si el contribuyente mantiene su categoría o si cambia a una superior o inferior. Para determinar si corresponde un cambio, se debe considerar la facturación entre julio de 2025 y junio de este año, así como los nuevos límites de ingresos por categoría. También pueden influir el precio máximo de los productos, los alquileres, la superficie afectada y el consumo de energía eléctrica.

Para recategorizarse, el monotributista debe ingresar con clave fiscal a la página o app de ARCA y seguir el enlace o buscar el servicio "Monotributo". Existe un mecanismo simplificado para quienes tienen al menos 12 meses en el régimen, donde ARCA precarga la facturación.

El monto resultante de la nueva categoría se pagará mensualmente hasta enero de 2026. A principios del próximo año, habrá una nueva actualización por inflación y un nuevo período de recategorización.

No están obligados a recategorizarse quienes llevan menos de seis meses en el régimen, o quienes no necesitan cambiar de categoría. Quienes llevan entre seis meses y un año deben proyectar anualmente sus ingresos.

Tras el período de recategorización, ARCA realiza controles y puede reubicar de oficio a los contribuyentes. En febrero, 220.426 monotributistas fueron notificados de cambios de categoría, de los cuales 24.646 presentaron disconformidad o apelación. Las notificaciones se consultan en el domicilio fiscal electrónico de ARCA.


A partir del reajuste de la tabla, los topes de facturación admitidos en cada escalón son los siguientes.

*Categoría A: $12.009.410,45

*Categoría B: $17.595.182,74

*Categoría C: $24.670.494,31

*Categoría D: $30.628.651,43

*Categoría E: $36.028.231,33

*Categoría F: $45.151.659,41

*Categoría G: $53.995.798,87

*Categoría H: $81.924.660,37

*Categoría I: $91.699.761,90

*Categoría J: $105.012.519,20

*Categoría K: $126.610.838,75

Los importes a pagar a desde este mes son los siguientes.

*Categoría A: $49.527,18, que corresponden a la suma de $5585,77 (impuesto integrado); $18.246,86 (jubilación); $25.694,55 (obra social).

*Categoría B: $56.379,08, que corresponden a la suma de $10.612,98 (impuesto integrado); $20.071,55 (jubilación); $25.694,55 (obra social).

*Categoría C (servicios): $66.020,12, que corresponden a la suma de $18.246,86 (impuesto integrado); $22.078,71 (jubilación); $25.694,55 (obra social).

*Categoría C (comercio): $64.530,58, que corresponden a la suma de $16.757,32 (impuesto integrado); $22.078,71 (jubilación); $25.694,55 (obra social).

*Categoría D (servicios): $84.612,93, que corresponden a la suma de $29.790,79 (impuesto integrado); $24.286,58 (jubilación); $30.535,56 (obra social).

*Categoría D (comercio): $82.564,81, que corresponden a la suma de $27.742,67 (impuesto integrado); $24.286,58 (jubilación); $30.535,56 (obra social).

*Categoría E (servicios): $119.811,45, que corresponden a la suma de $55.857,73 (impuesto integrado); $26.715,24 (jubilación); $37.238,48 (obra social).

*Categoría E (comercio): $108.267,51, que corresponden a la suma de $44.313,79 (impuesto integrado); $26.715,24 (jubilación); $37.238,48 (obra social).

*Categoría F (servicios): $150.784,21, que corresponden a la suma de $78.573,20 (impuesto integrado); $29.386,76 (jubilación); $42.824,25 (obra social).

*Categoría F (comercio): $129.930,65, que corresponden a la suma de $57.719,64 (impuesto integrado); $29.386,76 (jubilación); $42.824,25 (obra social).

*Categoría G (servicios): $230.312,94, que corresponden a la suma de $142.995,76 (impuesto integrado); $41.141,46 (jubilación); $46.175,72 (obra social).

*Categoría G (comercio): $158.815,05, que corresponden a la suma de $71.497,87 (impuesto integrado); $41.141,46 (jubilación); $46.175,72 (obra social).

*Categoría H (servicios): $522.706,68, que corresponden a la suma de $409.623,31 (impuesto integrado); $57.598,04 (jubilación); $55.485,33 (obra social).

*Categoría H (comercio): $317.895,01, que corresponden a la suma de $204.811,64 (impuesto integrado); $57.598,04 (jubilación); $55.485,33 (obra social).

*Categoría I (servicios): $963.747,86, que corresponden a la suma de $814.591,79 (impuesto integrado); $80.637,26 (jubilación); $68.518,81 (obra social).

*Categoría I (comercio): $474.992,78, que corresponden a la suma de $325.836,71 (impuesto integrado); $80.637,26 (jubilación); $68.518,81 (obra social).

*Categoría J (servicios): $1.167.299,76, que corresponden a la suma de $977.510,14 (impuesto integrado); $112.892,16 (jubilación); $76.897,46 (obra social).

*Categoría J (comercio): $580.793,69, que corresponden a la suma de $391.004.07 (impuesto integrado); $112.892,16 (jubilación); $76.897,46 (obra social).

*Categoría K (servicios): $1.614.446,04, que corresponden a la suma de $1.368.514,20 (impuesto integrado); $158.049,02 (jubilación); $87.882,82 (obra social).

*Categoría K (comercio): $702.103,24, que corresponden a la suma de $456.171,40 (impuesto integrado); $158.049,02 (jubilación); $87.882,82 (obra social).

Quienes ya hacen aportes a la seguridad social por ser empleados bajo relación de dependencia, no los abonan en el régimen del monotributo (solo pagan el componente del impuesto integrado). También están exceptuados de esos aportes los menores de 18 años, quienes adhirieron al sistema solo por locación de bienes muebles o inmuebles y quienes se jubilaron antes de julio de 1994.