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ARCA: los detalles sobre la recategorización automática que afecta a los monotributistas

ARCA podrá aplicar sanciones y controles a contribuyentes que registren consumos o movimientos bancarios fuera de sus ingresos declarados.

Martes, 26 de Mayo de 2026
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) intensificó los controles sobre contribuyentes del monotributo y monitorea ingresos, gastos y movimientos financieros para detectar inconsistencias que puedan derivar en sanciones o recategorizaciones.

El organismo cruza información de cuentas bancarias, facturación, tarjetas, billeteras virtuales y apps de pago para verificar que los ingresos declarados coincidan con la actividad de cada contribuyente. Entre las situaciones que pueden generar alertas están:

  • Compras de bienes de alto valor incompatibles con los ingresos declarados
  • Gastos elevados en viajes, tarjetas o consumos personales
  • Depósitos bancarios por encima de lo facturado
  • Movimientos financieros sin justificación

Si detecta irregularidades, puede recategorizar al monotributista, pedir documentación adicional e incluso avanzar con un Reporte de Operación Sospechosa ante la UIF.

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Los límites para los gastos en mayo

La ARCA también definió los nuevos montos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deben informar movimientos financieros. En el caso de las personas físicas, el límite para transferencias y acreditaciones quedó fijado en $50.000.000, mientras que para empresas y personas jurídicas el tope es de $30.000.000.

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Los controles del organismo sobre cuentas bancarias y operaciones financieras alcanzan además otros movimientos económicos que pueden quedar bajo supervisión. Estos son los principales umbrales vigentes establecidos por la ARCA:

  • Extracciones en efectivo: se informan cuando superan los $10.000.000 mensuales tanto para personas físicas como jurídicas. Antes, cualquier retiro debía ser reportado.
  • Saldos bancarios: se notifican montos superiores a $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas al cierre de cada mes.
  • Plazos fijos: deben informarse cuando exceden los $100.000.000 en personas físicas y $30.000.000 en jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite también es de $100.000.000 para individuos y $30.000.000 para empresas.
  • Pagos realizados: el umbral se ubica en $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Compras como consumidor final: el tope mensual quedó establecido en $10.000.000.

Desde ARCA remarcan que estos parámetros forman parte del esquema de control financiero y fiscal que busca detectar movimientos inconsistentes dentro del sistema.

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