No puede haber superávit fiscal a costa de sectores vulnerables y desprotegidos, manifestó en Cadena 3 el constitucionalista Andrés Gil Domínguez. Evalúan acudir a la Corte.
La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal, Cecilia Gilardi de Negre, salió sorteada para definir el planteo judicial, sobre el veto a la ley de movilidad jubilatoria, realizada por el Defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, y el constitucionalista, Andrés Gil Domínguez.
"Iinterpusimos una acción declarativa de inconstitucionalidad representando a un grupo de jubilados, pidiendo la inconstitucionalidad del veto que impidió que entrara en vigencia la ley que establecía una fórmula de movilidad jubilatoria de forma progresiva", dijo a Cadena 3 Gil Domínguez.
El letrado explicó que la medida responde a la pérdida de poder adquisitivo que los jubilados han sufrido debido a cambios en la fórmula de cálculo y a la inflación.
"Desde diciembre del 2023 hasta enero de este año, los jubilados experimentaron un desfasaje del 20% en sus ingresos, lo que llevó a la oposición a insistir en un incremento que finalmente fue aprobado por el Congreso, pero vetado por el Presidente", explicó.
El abogado argumentó que, aunque el veto está dentro de las facultades del mandatario, "el Congreso tiene la facultad de sancionar una ley que puede ser sometida al control de constitucionalidad. "Lo que ha hecho este veto es impedir que entre en vigencia una norma que de forma progresiva posibilita una mayor tutela o protección de los jubilados y pensionados", reiteró.
Además, se refirió a los fundamentos del veto, señalando que "son irrazonables en cuanto a que esto genera un costo enorme que podría poner en jaque al gobierno". Según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el costo eventual para 2024 sería del 0,35% del PBI, y para 2025, del 0,55% del PBI. "No parece que esto pueda desestabilizar a ningún gobierno ni tampoco desestabilizar la idea del superávit fiscal", señaló.
Y agregó: "Además, no puede haber superávit fiscal a costa de sectores vulnerables y desprotegidos".
Gil Domínguez indicó que, si la sentencia es desfavorable, recurrirán a la Corte Suprema. "En caso de que la Cámara falle a favor, debería ordenar al Poder Ejecutivo que promulgue la ley y la cumpla", explicó.
El abogado también mencionó que hay antecedentes de jueces que han declarado la inconstitucionalidad de vetos en el ámbito de Buenos Aires y que la Corte Suprema ha habilitado la tramitación de impugnaciones judiciales de vetos.
"La única instancia que queda para ver si se otorga este incremento a los jubilados lo va a decidir la justicia", cerró.