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Se habilitó el uso de videos para denunciar infracciones viales en Mendoza 

La Ley 9701 permite enviar material por WhatsApp u otros canales digitales. Esto no constituye prueba automática ni denuncia formal.

Lunes, 13 de Abril de 2026
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 A través de la Ley 9701, sancionada el 18 de marzo de 2026 y publicada este lunes en el Boletín Oficial, se habilitó a cualquier persona a enviar fotos o videos donde se observen posibles infracciones viales.

La medida modifica la Ley 9024 e introduce el artículo 120 bis, que establece un nuevo mecanismo de participación ciudadana en materia de control vial, aunque sin carácter de denuncia formal.

Establece que ese material podrá ser remitido mediante canales digitales oficiales, como enlaces web institucionales o sistemas de mensajería instantánea, entre ellos WhatsApp.

Según el texto sancionado por la Legislatura provincial, las personas podrán enviar imágenes o videos mediante plataformas institucionales, como sitios web oficiales o aplicaciones de mensajería instantánea, incluido WhatsApp, donde se registren posibles incumplimientos a la normativa de tránsito.

Sin embargo, la norma aclara que este tipo de aportes no tendrá validez como denuncia formal ni implicará que el material enviado tenga autenticidad certificada. En ese sentido, se lo considera únicamente como una "comunicación ciudadana".

Además, el Estado no otorga fe pública sobre su autenticidad o veracidad, por lo que cada registro deberá ser evaluado antes de cualquier decisión.

La ley también contempla que las autoridades puedan descartar contenidos que, a simple vista, no correspondan a la jurisdicción o presenten indicios de falsedad. Es decir, no todo lo que se reciba avanzará en el proceso administrativo.

En los casos en que el contenido aportado contenga datos suficientes, el Ministerio de Seguridad y Justicia o los municipios podrán remitirlo al Juzgado Vial competente, acompañado de un informe preliminar que describa la presunta infracción y los datos identificatorios que puedan desprenderse del material.

A partir de allí, será el juzgado el encargado de analizar la situación. La normativa establece que los magistrados deberán validar o disponer los mecanismos de verificación antes de avanzar, lo que refuerza la idea de que las imágenes por sí solas no alcanzan para sancionar.