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Locales Irregularidades

El Tribunal de Cuentas aplicó multas en San Rafael por irregularidades en las contrataciones

El intendente Omar Félix y su equipo deberán pagar las multas impuestas por el organismo por el uso indebido de una herramienta financiera excepcional. El municipio apelará la sanción.


Jueves, 26 de Marzo de 2026

El Tribunal de Cuentas multó al intendente de San Rafael, Omar Félix, y a su Gabinete por irregularidades en el ejercicio 2024. La multa, dictada en el fallo Nº 18.367, se basa en el uso reiterado del "legítimo abono", herramienta para situaciones excepcionales. El municipio defendió su gestión, afirmando que "las cuentas se encuentran en orden" y que apelará la sanción.

La resolución del Tribunal advierte que "el uso del método de pago de Legítimo Abono es un procedimiento de excepción y de interpretación restrictiva" y concluye que, en este caso, se aplicó de forma tal que desplazó los mecanismos habituales de contratación.


Para el organismo encargado de velar por la transparencia en el uso de los fondos públicos, se trató de gastos previsibles que debieron canalizarse por vías ordinarias. En ese marco, sostiene que la conducta observada "evidencia una desnaturalización del procedimiento de excepción" y encuadra el caso como "un procedimiento irregular grave".


Las sanciones alcanzan a la primera línea del municipio. Félix, el secretario de Hacienda y el contador general interino fueron multados con $1,4 millones cada uno. También recibieron sanciones funcionarios de Gobierno, Servicios Públicos, Salud, Desarrollo Social y Obras, con montos que van de $100 mil a $700 mil.


Según el fallo, el municipio pagó servicios sin contratos vigentes o con licitaciones inconclusas, y luego reconoció esos gastos de manera retroactiva. El Tribunal advierte que esta práctica "transforma la excepción en regla" y debilita los controles básicos sobre el uso de fondos públicos.

Ante las observaciones del Tribunal, los funcionarios sanrafaelinos presentaron descargos para justificar la falta de licitaciones vigentes en diversas áreas. Según consta en el documento oficial, la municipalidad argumentó que las demoras en los procesos de contratación respondieron a la necesidad de no interrumpir servicios en áreas sensibles como Salud y Educación.

"Los responsables reconocemos la existencia de demoras en los trámites administrativos que en muchos casos dificultan o retardan el llamado a nueva licitación pública", admitieron los funcionarios en el escrito. En su defensa, sostuvieron que el pago mediante Legítimo Abono "responde a la necesidad de haber continuado con el servicio original".

"Nada más cercano a la lógica y al sentido común para evitar que se resintiera el servicio, lo que justifica la urgencia", plantearon en sus descargos. Incluso, advirtieron sobre las consecuencias de haber frenado los pagos: "Cabría evaluar el riesgo que implicaría el no pagar la contraprestación de servicios recibidos. y sus eventuales consecuencias de corte de servicios que resulten esenciales e inherentes a la propia gestión de Gobierno".

El Tribunal no desconoció ese contexto, pero marcó que la normativa prevé alternativas -como la contratación directa-, que permiten sostener servicios sin perder control. En cambio, el uso reiterado del legítimo abono "impide el control preventivo del gasto y altera la transparencia de la ejecución presupuestaria".

El fallo describe una mecánica que se repitió en distintos expedientes: pagos de alquileres, servicios y prestaciones sin contrato vigente o con procesos licitatorios inconclusos. En esos casos, se recurrió al reconocimiento posterior del gasto. En ese sentido, el dictamen es tajante al señalar que "al ser contratos con fecha de vencimiento cierta, la urgencia es 'autoprovocada' por no gestionar las renovaciones o licitaciones a tiempo".

También apunta sobre la justificación oficial. En uno de los tramos más duros, sostiene que "la 'acumulación de tareas' no constituye un evento de fuerza mayor que autorice a saltarse los procedimientos". Y agrega que, en varios casos, la urgencia fue generada por la propia administración al no anticipar procesos que eran previsibles.

El fallo va más allá y encuadra la situación bajo una figura administrativa grave: "La utilización sistemática de una vía excepcional para cubrir necesidades previsibles. constituye una 'desviación de poder', pues el funcionario usa una facultad legal para un fin distinto al previsto por el legislador".

Para el Tribunal, el municipio transformó la excepción en regla para "subsanar la ineficiencia administrativa", advirtiendo además que "sin una licitación transparente, no hay certeza jurídica de que el precio pagado haya sido efectivamente el más conveniente para el erario público tras una competencia abierta".

Además, el fallo subraya que no se trata de un hecho aislado ya que la comuna había recibido instrucciones claras en los ejercicios 2022 y 2023. No obstante, señala que "no se evidencian acciones concretas por parte de los responsables para mitigar o revertir esta situación que se ha tornado habitual año tras año".

Las multas deberán ser afrontadas con el patrimonio personal de los funcionarios e incluyen a toda la línea jerárquica de la comuna:

Omar Chafí Félix (intendente): $1.400.000
Marcelo Gómez (secretario de Hacienda y Administración): $1.400.000
Paulo Campi (secretario de Gobierno): $700.000
Francisco Javier Cofano (contador general interino): $1.400.000
Juan Gassman (subsecretario de Servicios Públicos): $700.000
Paola Calle (subsecretaria de Desarrollo Humano): $500.000
Susana Torres (directora de Salud): $500.000
Mariela Langa (directora de Desarrollo Social): $500.000
Roberto Zaratiegui (subsecretario de Ambiente, Obras y Servicios Públicos): $500.000
Andrea Fichetti (directora de Obras Municipales): $500.000
Susana Belloso (directora de Educación, hasta marzo): $400.000
Jaquelina Ochoa (directora de Educación, hasta diciembre): $100.000