Esta medida busca fortalecer la seguridad en Mendoza y mejorar la coordinación entre el sector público y privado.
El Gobierno de Mendoza, bajo la gestión de Alfredo Cornejo, ha reglamentado la Ley 9578 mediante el Decreto 264, estableciendo un marco normativo para la seguridad privada en la provincia. Esta regulación, impulsada por el Ministerio de Seguridad y Justicia, introduce cambios clave en la actividad, incluyendo el uso de armas de "baja letalidad", como las pistolas Taser.
La normativa crea el Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada Humana, Interna y Tecnológica, que reemplazará a la actual Dirección REPRIV y pasará a denominarse Dirección de Seguridad Privada (DI.SE.P.). Su función será regular y fiscalizar a las empresas del sector, asegurando estándares de calidad y cumplimiento legal.
Según Mercedes Rus, ministra de Seguridad y Justicia, esta medida busca fortalecer la seguridad en Mendoza y mejorar la coordinación entre el sector público y privado.
Uno de los aspectos centrales del decreto es la formación obligatoria para los trabajadores del sector. La capacitación incluirá aspectos técnicos, legales y operativos, impartidos por instituciones habilitadas.
En cuanto a la utilización de armas disuasivas de baja letalidad, se permitirá el uso de bastones, spray de pimienta y pistolas Taser, siempre bajo regulaciones específicas.
Por otro lado, el uso de armas de fuego quedará restringido a empresas habilitadas que cumplan con los requisitos de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), incluyendo la capacitación del personal y el almacenamiento seguro del armamento.
Para mejorar el control, se implementará un sistema de credenciales por colores, según la función de cada trabajador. Además, se regulará la vestimenta de los vigiladores, estableciendo uniformes diferenciados para distintas temporadas y situaciones.
Los vehículos utilizados en la actividad deberán estar claramente identificados con la inscripción "SEGURIDAD PRIVADA" y contar con balizas de luz blanca para su fácil reconocimiento.
El incumplimiento de la normativa podrá derivar en multas, inhabilitaciones temporales o definitivas para las empresas que no cumplan con la reglamentación. La Autoridad de Aplicación realizará inspecciones periódicas para garantizar el cumplimiento de las disposiciones.
Las empresas de seguridad interna estarán limitadas a un máximo de 30 vigiladores, salvo que contraten una firma externa de seguridad privada. Además, se regulará el uso de tecnología avanzada, como monitoreo remoto, drones y análisis de datos para fortalecer la prevención del delito.
Para operar, las empresas deberán cumplir con requisitos administrativos y legales, como la contratación de seguros de responsabilidad civil y cauciones, presentar antecedentes penales de directivos y empleados, y contar con un director técnico habilitado si tienen más de cinco vigiladores.
Los trabajadores del sector también deberán acreditar aptitud psico-física periódica y renovar sus credenciales cada dos años.
Con esta nueva regulación, Mendoza busca ordenar y profesionalizar el sector de la seguridad privada, garantizando una mejor coordinación con el ámbito público y estableciendo normas claras para el uso de tecnología y armamento en la actividad.