Esta nueva regulación busca proteger los derechos de los creadores, asegurando que sean remunerados por el uso de sus obras.
El Decreto 765/2024, que modifica la Ley de Propiedad Intelectual, trae claridad al determinar cuándo es obligatorio pagar derechos de autor por la reproducción de música y otras obras.
El decreto establece una distinción clara entre lo que se considera un espacio público y uno privado, facilitando la comprensión de las nuevas normas:
-Eventos privados, sin cargo: fiestas familiares, reuniones de amigos o eventos corporativos en espacios privados quedan exentas del pago de derechos de autor.
-Eventos públicos, con cargo: bares, restaurantes, boliches y cualquier lugar abierto al público que reproduzca música o proyecte películas. En estos casos se deben abonar los derechos correspondientes a los autores de las sociedades como Sadaic.
Esta nueva regulación busca proteger los derechos de los creadores, asegurando que sean remunerados por el uso de sus obras. Al mismo tiempo, brinda mayor claridad a los usuarios y evita confusiones al determinar si deben abonar o no estos derechos.