El nuevo esquema establece beneficios según la región y requisitos económicos para acceder a una bonificación adicional.
El Gobierno nacional estableció las condiciones para aplicar los descuentos del 50?% y del 20?% sobre el precio del gas contemplados en el nuevo Régimen de Zona Fría. La medida quedó formalizada el martes 27 de?octubre mediante la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial. La normativa mantiene la bonificación para usuarios de la Patagonia, Malargüe y la Puna y crea una asistencia adicional para determinados hogares de otras regiones. Los porcentajes se aplicarán sobre el componente energético del servicio, por lo que no representan una reducción equivalente sobre el total de la factura.
El beneficio del 50?% alcanzará a los usuarios residenciales de gas natural y gas propano indolorado suministrado por redes en la región patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. También se incluyen los usuarios del Servicio General?P de localidades abastecidas con gas propano por redes dentro de esas áreas. Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán reflejar la bonificación en las facturas, siguiendo los procedimientos establecidos por el organismo regulador.
El descuento se calcula sobre el precio del gas y no sobre los cargos de transporte, distribución, impuestos y tasas que integran la factura. Para otros hogares, la resolución reglamenta una Bonificación Adicional por Zona Fría del 20?%, destinada a usuarios incluidos en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Esta asistencia se sumará a los subsidios que ya reciban y se calculará únicamente sobre los consumos base reconocidos por el sistema.
Para recibir la bonificación, los hogares deben estar inscriptos en el SEF y contar con un suministro ubicado en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI. No podrán pertenecer a las regiones que ya reciben el descuento del 50?%. Además, la Ley?27.828 establece que deben cumplir al menos una condición socioeconómica: ingresos familiares netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo?2, poseer un integrante con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP o percibir una pensión vitalicia como veterano de la Guerra de Malvinas.
La normativa también contempla a las familias con integrantes que posean un Certificado Único de Discapacidad (CUD). En esos casos, la Secretaría de Energía evaluará la correspondiente asistencia económica. Cumplir alguna de las condiciones socioeconómicas no garantiza por sí solo el descuento; también se verificará la inscripción en el régimen y la ubicación del suministro. La bonificación equivale al 20?% del precio de referencia establecido para el gas natural o el gas propano por redes, según corresponda.
La resolución todavía no incluye una lista definitiva de localidades ni un padrón completo de beneficiarios. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética identificará a los hogares alcanzados mediante los datos del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). Para elaborar el listado, cruzará la información de los usuarios con las zonas bioambientales y los requisitos previstos en la legislación. El padrón será remitido al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que comunicará a las distribuidoras qué suministros deberán recibir el descuento.
Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán aplicar las bonificaciones a los usuarios identificados por el sistema. Además, tendrán que presentar declaraciones juradas con los consumos alcanzados y los descuentos otorgados, mientras que el ENReGE establecerá los mecanismos de control. La resolución también contempla a entidades de bien público, clubes de barrio y otras organizaciones sin fines de lucro que reúnan las condiciones correspondientes; en esos casos, la bonificación adicional podrá calcularse sobre la totalidad del volumen consumido, de acuerdo con las categorías tarifarias aplicables.
Las nuevas condiciones surgen de la Ley?27.828, publicada el 13 de?octubre y reglamentada mediante el Decreto?1266/2026. La legislación modificó el alcance de la ampliación del Régimen de Zona Fría aprobada en 2021 y, según estimaciones difundidas durante el debate legislativo, unos 3,35?millones de usuarios dejarían de recibir el beneficio automático. Esto no implica que todos pierdan cualquier asistencia, ya que algunos hogares podrán acceder al descuento adicional del 20?% si cumplen los nuevos requisitos. La Resolución 299/2026 entró en vigencia con su publicación este 27 de?octubre, pero establece que las bonificaciones se aplicarán a los consumos comprendidos desde el 13 de?octubre, fecha de entrada en vigor de la ley. El ahorro final dependerá del precio del gas incluido en cada tarifa y del consumo reconocido, por lo que los porcentajes anunciados no equivalen a descuentos de esa magnitud sobre el monto total de la factura.